Municipio de Quintero y Seremi de Medio Ambiente condenan ingreso de vehículos a Humedal de Mantagua

Este fin de semana se viralizaron las imágenes de camionetas circulando por el sector del Humedal de Mantagua, en la comuna de Quintero, actividad no solamente prohibida sino que afecta severamente la frágil biodiversidad del sector.

Desde la Fundación Humedal Mantagua dieron a conocer el caso y recordaron que “el humedal de Mantagua está protegido por ley al ser un humedal urbano”. Además, señalaron que la presencia de vehículos y personas que se instalaron en un “campamento” generan basura, trae consigo perros y vehículos, “todas presiones negativas graves que dañan los objetos de conservación del humedal de Mantagua”.

Por ello, desde la Municipalidad de Quintero y la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Medio Ambiente, en conversación con el “Periódico de la Costa”, no tardaron en criticar estas prácticas.

PROHBICIÓN DE LA ARMADA

La jefa del Departamento de Medio Ambiente de la Municipalidad de Quintero, Lizet Lobos, indicó que, pese a que no han recibido denuncias formales al respecto, el desplazamiento de vehículos motorizados en la playa o el humedal está prohibido por la Armada.

“Hay que dejar claro que el ingreso de cualquier tipo de vehículo a la duna no puede ser restringido a través de ordenanzas porque es un recinto privado, pero sin embargo el ingreso de vehículos motorizados a la playa o al humedal por playa está prohibido por la Armada a través de sus decretos de fuerza de ley”.

Por lo tanto -continuó Lizet Lobos-, “como Municipalidad y como Departamento rechazamos estas actividades ya que perjudican gravemente la biodiversidad existente en el lugar”.

CONDENA CATEGÓRICA

A su vez, el seremi de Medio Ambiente, Alex Galleguillos, explicó que “los vehículos motorizados no son compatibles con estos frágiles ecosistemas, ya se encuentren en terrenos públicos o privados, por lo que condenamos categóricamente le ingreso de vehículos a estos sectores, con abundancia de aves en su mayoría correspondientes a especies migratorias protegidas”.

Acotó que algunas de las principales especies que habitan este lugar son Pilpilén, Zarapitos, Gaviota garuma, Gaviota dominicana, Playero de baird, Playero blanco, Playero semipalmado, Chorlo nevado, Chorlo chileno, Jote cabeza colorada, Queltehue, Tiuque, Colegial, Pelícano y Golondrina chilena. 

Dijo además que la Seremi está en permanente coordinación con los organismos sectoriales encargados de fiscalizar las posibles afectaciones en este sector y, en ese sentido, recordar que en el artículo 291° del Código Penal se señala que “El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimos a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última. Si como resultado de una acción u omisión se causare al animal daño, la pena será presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales..».

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